Términos y condiciones
1. DEFINICIONES
1.1 En el presente Acuerdo, salvo que el contexto requiera lo contrario:
Acuerdo significa el acuerdo entre el Proveedor y el Cliente establecido en estos términos y condiciones, el Presupuesto y cualquier otro término especial incluido en el Presupuesto o adjunto al mismo.
Día hábil significa cualquier día que no sea sábado, domingo o festivo estatal en Australia Occidental.
Cliente significa la persona nombrada como Cliente en el Presupuesto.
Defectuoso significa Mercancías que:
(a) no se ajustan al presente Acuerdo;
(b) no están libres de defectos de diseño, rendimiento, materiales, mano de obra o composición; o
(c) están dañadas, son deficientes, defectuosas o incompletas.
Depósito significa el depósito especificado en el Presupuesto.
Mercancías significa las mercancías especificadas en el Presupuesto.
Ley del GST tiene el mismo significado que la ley del GST en la Ley del Nuevo Sistema Tributario (Impuesto sobre Bienes y Servicios) de 1999 (Cth) y GST significa lo mismo que en la ley del GST.
Los derechos de propiedad intelectual se refieren a todos los derechos presentes y futuros conferidos por la ley, el derecho consuetudinario o la equidad en relación con cualquier derecho de autor, marca comercial, diseño, patente, diseño de circuitos, nombre comercial y de dominio, invención, conocimientos técnicos y otros resultados de la actividad intelectual en los campos industrial, comercial, científico, literario o artístico.
Parte se refiere al proveedor o al cliente, y partes se refiere tanto al proveedor como al cliente.
El precio significa el precio total de los productos especificados en la cotización.
El lugar del proyecto significa la ubicación final del cliente para los productos especificados en la cotización.
Por «Presupuesto» se entiende el presupuesto de los Productos emitido por el Proveedor al Cliente al que se adjuntan estos términos y condiciones y que contiene, entre otras cosas, una descripción de los Productos.
Por «Lugar» se entiende el lugar de entrega especificado en el Presupuesto.
Por «Proveedor» se entiende Eco Structures Pty Ltd (ABN 76 112 623 284), que opera bajo el nombre comercial Eco Structures .
Por «Factura fiscal» se entiende una factura que cumple con la ley del GST.
El periodo de garantía es el periodo de 12 meses a partir de la fecha de entrega de los productos en el lugar de entrega.
1.2 Salvo que se hayan modificado en estos términos y condiciones, las palabras definidas o los términos especificados en el presupuesto tienen el mismo significado cuando se utilizan en estos términos y condiciones.
1.3 En este acuerdo, a menos que el contexto requiera lo contrario:
(a) el singular incluye el plural y viceversa.
(b) un género incluye todos los demás géneros.
(c) las palabras que denotan a un individuo incluyen una empresa, persona jurídica, asociación sin personalidad jurídica y cualquier organismo gubernamental o gubernamental, administrativo, monetario, fiscal o judicial, autoridad, organismo, comisión, departamento, tribunal o entidad de cualquier tipo y viceversa.
(d) las referencias a cualquier legislación incluyen toda la legislación delegada elaborada en virtud de la misma y las enmiendas, consolidaciones, sustituciones o reediciones de cualquiera de ellas.
(e) Los títulos y el texto en cursiva, resaltado o negrita no afectan a la interpretación del presente Acuerdo.
(f) Las referencias a una cláusula, párrafo, anexo, apéndice o calendario son referencias a los mismos en el presente Acuerdo.
(g) Una referencia a una parte en el presente Acuerdo incluye a los representantes personales, sucesores en título y cesionarios autorizados de dicha parte.
(h) una promesa, acuerdo, declaración o garantía por parte de o en favor de (según sea el caso) más de una persona es en beneficio de o vincula a estas (según sea el caso) de forma conjunta y solidaria.
(i) una referencia a un documento incluye dicho documento en su versión modificada o sustituida.
(j) una referencia a un todo incluye una referencia a una parte de ese todo.
(k) una parte del presente Acuerdo que sea fideicomisario de un fideicomiso estará vinculada a título personal y como fideicomisario del fideicomiso.
(l) ninguna disposición del presente Acuerdo podrá interpretarse en contra de una parte por el mero hecho de que dicha parte, o su representante, haya sido responsable de la preparación del presente Acuerdo o de la preparación de dicha disposición.
(m) otras partes del discurso y formas gramaticales de una palabra o frase definidas en el presente Acuerdo tienen un significado correspondiente.
(n) «incluir», «incluyendo», «por ejemplo», «tales como» y otras palabras o expresiones similares en el presente Acuerdo no limitan lo que se incluye y deben interpretarse como si estuvieran seguidas de las palabras «sin limitación».
(o) toda referencia al tiempo se refiere a la hora estándar del oeste.
(p) si se especifica un período de tiempo y las fechas se remontan a un día o al día de un acto o evento, se calculará excluyendo ese día.
(q) si un acto o evento debe ocurrir o realizarse en o antes de un día específico y ocurre o se realiza después de las 5:00 p. m. de ese día, se considerará que se ha realizado al día siguiente.
(r) si algo en virtud del presente Acuerdo debe realizarse en un día especificado que no sea un día hábil, entonces debe realizarse en el siguiente día hábil.
(s) toda referencia a una divisa se refiere a la divisa indicada en el Presupuesto.
2.1 El Proveedor suministrará los Productos al Cliente de conformidad con el presente Contrato.
2.2 El presente Contrato se formalizará cuando el Cliente firme el Presupuesto y lo devuelva al Proveedor junto con el pago del Depósito en un plazo de 30 días a partir de la fecha del presupuesto.
2.3 En caso de conflicto o ambigüedad entre el Presupuesto, cualquier condición especial contenida en el Presupuesto o adjunta al mismo y los presentes términos y condiciones, el Presupuesto y cualquier condición especial contenida en el mismo o adjunta al mismo prevalecerán sobre los presentes términos y condiciones.
2.4 Al firmar el Presupuesto y devolverlo al Proveedor, el Cliente acepta:
(a) quedar vinculado por los términos del presente Acuerdo; y
(b) que los términos y condiciones de cualquiera de los documentos del Cliente, en lo que respecta al suministro de los Productos, quedan expresamente excluidos del presente Acuerdo y carecen de fuerza y efecto legal.
3.1 El Proveedor informará sin demora al Cliente de cualquier retraso previsto en la fabricación y/o entrega de los Productos, la duración del retraso y su causa, y tomará todas las medidas razonables para mitigar dicho retraso, pero no tendrá ninguna responsabilidad ante el Cliente por dicho retraso.
3.2 El Proveedor obtendrá todas las aprobaciones, permisos, licencias, certificados y declaraciones necesarios que exija la ley para exportar y enviar los Productos desde su lugar de fabricación hasta el Sitio.
3.3 El Cliente es responsable de la descarga de los Productos en el Sitio, del despacho de aduana de importación y de cualquier impuesto local y derecho de importación aplicables.
3.4 El Cliente se encargará de que su proveedor de transporte designado recoja los Productos en el Sitio y los entregue en el Sitio del Proyecto, y pagará todos los gastos correspondientes, incluidos los de transporte y seguro.
3.5 El Cliente deberá pagar los gastos de almacenamiento en que incurra el Proveedor debido a un retraso en el transporte causado por el Cliente.
3.6 Los Productos deberán coincidir con la descripción, naturaleza y calidad que figuran en el Presupuesto.
3.7 Los Productos cumplirán con toda la legislación, normativa y estándares pertinentes aplicables en el lugar de constitución del Proveedor.
3.8 Los Productos serán nuevos (a menos que se especifique lo contrario en el Presupuesto).
3.9 Los Productos se entregarán en el Sitio en paquetes planos o en forma de componentes, siempre que el Cliente sea el único responsable del montaje e instalación de los Productos en el Sitio del Proyecto y de todos los gastos relacionados con los mismos.
3.10 Con sujeción a las garantías de la cláusula 6, se considerará que el Cliente ha aceptado que los Productos se ajustan a la descripción, naturaleza, cantidad y calidad de la Cotización, a menos que el Cliente notifique por escrito al Proveedor, en un plazo de 30 días a partir de la entrega de los Productos en el Sitio, que los Productos no se ajustan a la descripción, naturaleza, cantidad o calidad de la Cotización. Tras dicha notificación, el Proveedor investigará la reclamación y, si el Proveedor, actuando de forma razonable, acepta la reclamación, el Proveedor suministrará, tan pronto como sea razonablemente posible, Mercancías adicionales o de sustitución, a su costa, según sea necesario para satisfacer la reclamación.
4.1 En contraprestación por el suministro de los Productos al Cliente por parte del Proveedor de conformidad con el presente Contrato, el Cliente deberá pagar el Precio al Proveedor.
4.2 El Proveedor presentará facturas fiscales por los Productos al Cliente cada vez que este deba realizar un pago, tal y como se establece en las condiciones de pago de la Cotización. Con cada factura fiscal, el Proveedor proporcionará el número de Presupuesto, una descripción de los Productos, el importe del pago correspondiente y el importe de cualquier GST aplicable.
4.3 El Cliente deberá pagar al Proveedor mediante tarjeta de crédito o transferencia electrónica a la cuenta bancaria designada por el Proveedor:
(a) el Precio dentro del plazo especificado en la factura fiscal del Proveedor;
(b) cualquier otra cantidad pagadera al Proveedor en virtud del presente Contrato en el plazo especificado en la factura fiscal del Proveedor; y
(c) si no se especifica ningún plazo de pago en las facturas fiscales del Proveedor, en un plazo de 7 días a partir de la recepción de la factura fiscal del Proveedor por parte del Cliente.
4.4 Cuando el Cliente impugne la factura fiscal o parte de ella, deberá pagar la parte no impugnada de la factura fiscal y, si la resolución de la impugnación determina que el Cliente debe pagar una cantidad al Proveedor, deberá pagar dicha cantidad inmediatamente después de la resolución de la impugnación. Cada parte deberá negociar con la otra con rapidez y de buena fe para resolver cualquier controversia de este tipo tan pronto como sea posible.
4.5 Salvo que se indique lo contrario, todos los importes pagaderos en virtud del presente Acuerdo no incluyen el GST. El destinatario de un suministro sujeto a impuestos realizado en virtud del presente Acuerdo deberá pagar al proveedor un importe equivalente al GST pagado o pagadero por el proveedor en relación con el suministro sujeto a impuestos, siempre que el proveedor emita una factura fiscal válida de conformidad con la legislación sobre el GST al destinatario. El importe del GST deberá pagarse al mismo tiempo que se pague o se proporcione la contraprestación por el suministro.
4.6 Si el Cliente no paga a tiempo cualquier importe adeudado al Proveedor en virtud del presente Acuerdo, deberá pagar al Proveedor, previa solicitud, los intereses sobre el importe pendiente, calculados diariamente a un tipo del 2,0 % mensual desde la fecha de vencimiento del pago hasta la fecha en que se efectúe el pago.
5.1 El riesgo sobre los Productos se transfiere al Cliente cuando los Productos se entregan en el Sitio.
5.2 La propiedad y la titularidad de los Productos solo se transferirán al Cliente tras el pago íntegro del Precio.
6.1 El Proveedor garantiza:
(a) que es el propietario legal y beneficiario de los Productos;
(b) que tiene pleno derecho y título para vender los Productos al Cliente;
(c) que la titularidad de los Productos se transferirá al Cliente libre de cualquier hipoteca, gravamen, derecho de retención, garantía real u otra carga;
(d) que los Productos no infringen los Derechos de Propiedad Intelectual de ningún tercero;
(e) los componentes principales de los Productos en los términos de las garantías especificadas en el anexo 1; y
(f) los Productos no serán defectuosos durante el Período de garantía.
6.2 Si, durante el periodo de garantía, se detecta que alguno de los productos es defectuoso, el proveedor, a su costa y a su elección, podrá:
(a) reparar o sustituir los productos defectuosos; o
(b) reembolsar al cliente el coste de la reparación o sustitución de los productos defectuosos.
6.3 El Proveedor no será responsable ante el Cliente por ningún Producto defectuoso en la medida en que el defecto sea causado o contribuido por:
(a) la negligencia del Cliente o de cualquier persona que actúe en nombre del Cliente o con el consentimiento expreso o implícito del Cliente;
(b) la falta de instalación o montaje de los Productos de acuerdo con las instrucciones o directrices del Proveedor;
(c) el uso indebido o el descuido de los Productos o el incumplimiento del mantenimiento de los Productos según las instrucciones del Proveedor;
(d) las reparaciones de los Productos realizadas por cualquier persona sin la aprobación previa por escrito del Proveedor; o
(e) cualquier acto, omisión o circunstancia que escape al control del Proveedor.
6.4 El Cliente reconoce y acepta que:
(a) salvo que se indique expresamente en el presente Contrato, ha celebrado el presente Contrato sin basarse en ninguna declaración, garantía o aval del Proveedor;
(b) salvo que se indique expresamente en el presente Contrato, todas las garantías y condiciones expresas e implícitas en virtud de la legislación o el derecho general quedan expresamente excluidas, en la medida en que lo permita la ley;
(c) el Proveedor no será responsable ante el Cliente en ninguna circunstancia por cualquier pérdida o daño indirecto, económico, especial o consecuente, incluida la pérdida de ingresos o la pérdida de beneficios;
(d) el Proveedor no realiza ninguna declaración ni garantía y no garantiza que los Productos cumplan con ninguna ley, normativa, reglamento, código (incluido el código de construcción) u otros requisitos aplicables de ningún gobierno o agencia, autoridad, organismo o departamento gubernamental, municipal o estatutario con jurisdicción sobre el Emplazamiento del Proyecto; y
(e) es responsable de garantizar que los Productos cumplan con cualquier ley, reglamento, norma, código (incluido el código de construcción) u otros requisitos aplicables de cualquier gobierno o agencia, autoridad, organismo o departamento gubernamental, municipal o estatutario con jurisdicción sobre el Sitio del Proyecto.
7.1 El Cliente reconoce y acepta que:
(a) el Proveedor es el propietario de los Derechos de Propiedad Intelectual sobre los Productos, así como del know-how, la documentación y la información relacionados con los Productos suministrados al Cliente.
(b) el presente Acuerdo no afecta a la propiedad del Proveedor sobre los Derechos de Propiedad Intelectual sobre los Productos, así como sobre los conocimientos técnicos, la documentación y la información relacionados con los Productos suministrados al Cliente, que son y seguirán siendo propiedad del Proveedor
7.2 El Cliente no podrá, sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor, copiar, reproducir, modificar, alterar, adaptar, desmontar, realizar ingeniería inversa, descompilar o modificar los Productos de ninguna manera.
7.3 El Cliente no podrá presentar ni alegar ninguna reclamación o demanda, ni iniciar ninguna acción o procedimiento que cuestione los derechos de propiedad intelectual del Proveedor sobre los Productos o cualquier documentación e información relacionada con los Productos suministrados al Cliente, ni ayudar a ninguna otra parte a hacerlo.
7.4 Salvo en el caso de la información que sea de dominio público de forma legítima o con el único fin de montar o instalar los Productos en la ubicación final de los mismos por parte del Cliente, este deberá conservar:
(a) toda la información relacionada con los derechos de propiedad intelectual sobre los Productos; y
(b) los conocimientos técnicos, la documentación, los procesos y cualquier otra información del Proveedor relacionada con los Productos y su construcción y montaje,
de forma estrictamente confidencial y no deberá utilizar ni divulgar dicha información sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.
8.1 Ninguna de las partes, durante la vigencia del presente Acuerdo y durante un período de 5 años tras la rescisión o la finalización de la ejecución del mismo (salvo en el ejercicio de buena fe de sus derechos o el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo), revelará a ninguna persona información de carácter confidencial o relacionada con la otra parte o con los Productos que haya adquirido como resultado del presente Acuerdo o de las negociaciones previas al mismo.
8.2 Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo prohíbe la divulgación de información que:
(a) sea de dominio público;
(b) se comunique a los directivos, empleados, agentes, consultores o contratistas de una parte que tengan una necesidad legítima de conocer la información y se comprometan a mantenerla confidencial;
(c) se haya recibido legalmente de un tercero;
(d) sea requerida por ley o por orden judicial; o
(e) la otra parte haya dado su consentimiento previo por escrito a la divulgación.
8.3 Las obligaciones de esta cláusula seguirán vigentes tras la rescisión del presente Acuerdo.
9.1 Una parte incurrirá en incumplimiento del presente Acuerdo si:
(a) incumple el presente Acuerdo y no subsana el incumplimiento en un plazo de 10 días hábiles a partir de la recepción de la notificación por escrito de la parte que no ha incumplido, en la que se exige la subsanación del incumplimiento;
(b) siendo una persona jurídica:
(1) se le ha nombrado un liquidador o liquidador provisional;
(2) se encuentra bajo administración judicial o es insolvente bajo administración;
(3) tiene un administrador judicial o un administrador judicial y gestor designado para ella o cualquiera de sus bienes; o
(4) es incapaz de pagar sus deudas a su vencimiento;
(5) celebra cualquier compromiso, acuerdo o cesión, ya sea formal o informal, con cualquiera de sus miembros o acreedores.
(c) siendo una persona física:
(1) fallece;
(2) no puede pagar sus deudas a su vencimiento;
(3) se le nombra un administrador concursal; o
(4) deja de tener plena capacidad jurídica o se vuelve incapaz de gestionar sus propios asuntos por cualquier motivo;
(d) celebra cualquier compromiso, acuerdo o cesión, ya sea formal o informal, con cualquiera de sus acreedores o se produce cualquier evento análogo; o
(e) tiene una sentencia o orden, o cualquier gravamen, ejecutado o que se ha vuelto ejecutable en su contra y no se paga o satisface en un plazo de 30 días.
9.2 Cuando una parte incumpla el presente Acuerdo (Parte Incumplidora), sin limitar ningún otro derecho o recurso legal de la parte que no haya incumplido (Parte No Incumplidora), la Parte No Incumplidora podrá:
(a) ratificar el Acuerdo y demandar a la Parte Incumplidora por daños y perjuicios por incumplimiento;
(b) ratificar el Acuerdo y demandar a la Parte Incumplidora por el cumplimiento específico del Acuerdo, o por daños y perjuicios por incumplimiento, además del cumplimiento específico o en lugar de este;
(c) rescindir el Acuerdo mediante notificación a la Parte Incumplidora y, si la Parte Incumplidora es el Cliente, retener o recuperar la posesión de los Bienes; o
(d) cuando la Parte Incumplidora repudie este Acuerdo, rescindir este Acuerdo mediante notificación por escrito a la Parte Incumplidora y, si la Parte Incumplidora es el Cliente, retener o recuperar la posesión de los Bienes.
Si el Proveedor rescinde el Acuerdo en virtud de la cláusula 9.2(c) o (d), el Proveedor podrá demandar al Cliente por daños y perjuicios por incumplimiento y/o revender los Productos de la manera y en los términos y condiciones que el Proveedor determine razonablemente.
9.3 La rescisión del presente Contrato por cualquier motivo no afectará a los derechos de una parte que surjan antes de la rescisión, o como consecuencia del hecho o acontecimiento que dé lugar a la rescisión, o como consecuencia del incumplimiento de cualquier obligación en virtud del presente Contrato que siga surtiendo efecto después de la rescisión.
10.1 Cualquier notificación u otra comunicación relacionada con el presente Acuerdo:
(a) deberá realizarse por escrito y estar firmada por la parte que la envía o por su abogado o agente, pero no es necesario que los correos electrónicos estén firmados;
(b) deberá enviarse o entregarse de cualquiera de las siguientes formas:
(1) de la forma autorizada por la ley o mediante entrega en mano;
(2) enviada por correo prepagado a la dirección del destinatario especificada en la Cotización; o
(3) enviada por correo electrónico a la dirección de correo electrónico del destinatario especificada en la Cotización,
o, si el destinatario notifica otra dirección o dirección de correo electrónico de conformidad con esta cláusula, a esa dirección o dirección de correo electrónico.
(c) surtirá efecto desde el momento en que se reciba y, a menos que se especifique un momento posterior, se considerará recibida:
(1) si se entrega o se entrega personalmente, en el momento en que se entregue;
(2) si se deja en la dirección del destinatario, en el momento en que se deje;
(3) si se envía por correo ordinario prepagado a la dirección del destinatario, al vencimiento de 3 días hábiles después del envío (y 10 días hábiles después del envío si es a otro país); o
(4) si se envía por correo electrónico a la dirección de correo electrónico del destinatario especificada anteriormente, 2 horas después del envío del correo electrónico (a menos que el remitente reciba un mensaje automático indicando que el correo electrónico no se ha entregado),
siempre que, si las notificaciones se reciben después de las 17:00 horas en el lugar de recepción o en un día no hábil, se considerarán recibidas a las 9:00 horas del siguiente día hábil.
Si el cumplimiento de este Acuerdo por parte de una de las partes, o de cualquier obligación en virtud del mismo, se ve impedido, restringido o interferido por motivos de incendio, tormenta, inundación, terremoto, explosión, avería, huelga, conflicto laboral, accidente, falta de transporte, epidemia, falta de materias primas, energía o suministros, guerra, revolución, disturbios civiles, casos de fuerza mayor, bloqueo o embargo, o cualquier ley, orden, proclamación, decreto o requisito de cualquier gobierno o agencia, autoridad, organismo o departamento gubernamental o municipal, municipal o estatutaria, autoridad, organismo o departamento, o cualquier otro acto que escape al control razonable de una de las partes, entonces:
(a) la parte afectada, tras notificarlo inmediatamente a la otra parte, quedará exenta de dicho cumplimiento (excepto la obligación de pagar cualquier cantidad de dinero) en la medida en que se produzca dicho impedimento, restricción o interferencia; y
(b) la otra parte quedará igualmente exenta del cumplimiento de sus obligaciones en la medida en que dichas obligaciones se refieran al cumplimiento impedido, restringido o interferido,
siempre que la parte afectada haga todo lo posible por evitar y eliminar las causas del incumplimiento. Ambas partes reanudarán el cumplimiento de sus respectivas obligaciones tan pronto como sea posible cuando se eliminen dichos impedimentos.
12.1 Cada parte firmará, ejecutará y realizará todos los acuerdos, actos, documentos y gestiones que la otra parte pueda requerir razonablemente para llevar a cabo y dar efecto a los términos e intenciones del presente Acuerdo.
12.2 Las partes acuerdan que el presente Acuerdo contiene el acuerdo completo entre ellas en relación con su objeto y sustituye a todos los acuerdos, entendimientos y negociaciones anteriores en relación con dicho objeto.
12.3 Si alguna disposición del presente Acuerdo resultara inválida, dicha disposición será aplicable en la medida en que no sea inválida, independientemente de que sea separable o no, siempre que esta cláusula no se aplique cuando la aplicación de una disposición del presente Acuerdo de conformidad con esta cláusula afecte de manera significativa a la naturaleza o al efecto de las obligaciones de las partes en virtud del presente Acuerdo.
12.4 Ninguna de las partes podrá basarse en las palabras o la conducta (incluido el incumplimiento o el retraso en el ejercicio de un derecho, facultad o recurso que se derive del presente Acuerdo o esté relacionado con él) de la otra parte como una renuncia a cualquier derecho, facultad o recurso en virtud del presente Acuerdo o en relación con él, a menos que la renuncia se haga por escrito y esté firmada por la parte que la concede, y cualquier ejercicio único o parcial de cualquier derecho, facultad o recurso no excluye cualquier otro ejercicio posterior de ese o cualquier otro derecho, facultad o recurso.
12.5 Cualquier modificación del presente Acuerdo deberá realizarse por escrito y estar firmada por las partes.
12.6 Salvo lo dispuesto en el presente Acuerdo y lo permitido por la ley, los derechos, facultades y recursos previstos en el presente Acuerdo son acumulativos y no exclusivos de los derechos, facultades o recursos previstos por la ley independientemente del presente Acuerdo.
12.7 Las condiciones especiales (si las hubiera) contenidas en el Presupuesto o adjuntas al presente Acuerdo se aplicarán al presente Acuerdo y, en caso de que surja alguna inconsistencia entre dichas condiciones especiales y cualquier otra disposición del presente Acuerdo, prevalecerán dichas condiciones especiales.
12.8 Las partes acuerdan que:
(a) el presente Presupuesto podrá formalizarse electrónicamente a través de una plataforma de firma electrónica como DocuSign o una plataforma similar;
(b) con sujeción a la cláusula 10 (notificaciones), cualquier notificación u otra comunicación relacionada con el presente Acuerdo podrá enviarse por correo electrónico u otras formas de comunicación electrónica; y
(c) una transacción relacionada con el presente Acuerdo podrá realizarse total o parcialmente mediante una o varias comunicaciones electrónicas.
12.9 El presente Acuerdo se regirá por la legislación de Australia Occidental y las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales de Australia Occidental en todos los asuntos que surjan del presente Acuerdo y a cualquier tribunal que conozca de los recursos interpuestos ante dichos tribunales. Cada una de las partes se somete incondicionalmente a la jurisdicción de los tribunales mencionados anteriormente y renuncia a cualquier derecho que tenga para oponerse a que se interponga una acción ante cualquiera de dichos tribunales.